HAIER IBERIA SLU. con domicilio social en Carrer de la Metal·lurgia, 53, C.P.: 08908, HOSPITALET DE LLOBREGAT, BARCELONA y CIF: B87484796. (en adelante, TITULAR DE LA PROMOCIÓN), es la organizadora de la promoción “HAIER PLUS TIENE PREMIO” (en adelante, la “Promoción”).
Al participar en la presente Promoción, Usted, como usuario participante acepta las siguientes BASES. La lectura y aceptación de estas BASES se circunscribe al conjunto de cláusulas establecidas para tal efecto y que se desarrollan en el punto 2.
El TITULAR de la presente PROMOCIÓN podrá delegar la gestión de la misma a un tercero, que acredite experiencia y capacidad técnica suficiente, que queda circunscrito a dar alcance a los siguientes extremos propios de la promoción, detallados, a título enunciativo y no limitativo, en (i) la recogida de los datos de los usuarios registrados, (ii) la obtención de los premiados de acuerdo a los procedimientos y garantías establecidos en las presente BASES , (iii) el procedimiento de validación de usuarios registrados y premiados, (iv) la entrega de premios y (v) el servicio de atención al participantes y premiados. Ver cláusula 2.21 (Garantías).
2. BASES DE LA PROMOCIÓN
Las BASES de la promoción quedaran sujetas a las presentes cláusulas que vincularán a la sociedad TITULAR y el PARTICIPANTE, por este motivo rogamos proceda a su lectura antes de su aceptación.
2.1 Terminología
- Registro: Breve formulario que el participante deberá de cumplimentar con el objetivo de darse de alta en el programa Haier Plus y que será condición necesaria para acceder a la promoción.
- Rasca y Gana: Es una tarjeta digital “rasca y gana” en soporte informático que contienen información oculta que puede revelarse al rascar un campo sombreado a través de una funcionalidad informática que habilita la ejecución del proceso (de rascar).
- Código QR o QR: Códigos gráficos bidimensionales normalmente cuadrados que permiten guardar información alfanumérica. Al escanear el código con un terminal inteligente, el usuario podrá acceder a la URL de la promoción.
2.2 Destinatarios de la presente Promoción
Los instaladores y/o distribuidores que colaboren comercialmente con Haier Plus en la compra y venta de productos de climatización producidos por el TITULAR DE LA PROMOCION y se registren debidamente en el programa HAIER PLUS, cumplimentando el formulario habilitado a tal fin en la página web “tienepremio.haierplus.es”, a la que accederán a través de los códigos QR proporcionados por el TITULAR.
2.3 Dinámica de la Promoción
1. El participante deberá realizar los siguientes pasos para participar en la promoción y optar a los premios:
a. Acceder a la URL de la campaña desde cualquiera de los “QR” incluidos en el folleto proporcionado por personal de la compañía TITULAR.
b. Aceptar las condiciones de participación para acceder al “REGISTRO” en HAIER PLUS, programa de fidelización también propiedad del TITULAR.
c. Completar el “REGISTRO”, rellenando el formulario con la información solicitada.
d. Una vez efectuado el “REGISTRO”, el participante accederá a un “rasca y gana digital” con un aplicativo establecido para tal efecto (mecánica aleatoria de asignación de premios).
2. La ejecución y resultado del “rasca y gana” determinará el premio o regalo obtenido por el participante.
2.4 Requisitos
- Dar alcance a lo determinado, con carácter general en las presentes BASES, y de forma particular en los puntos 2.2 y 2.12.
- La participación en la PROMOCIÓN queda condicionada al registro del instalador en el programa propiedad del TITULAR, Haier Plus.
- Para que al instalador le sea enviado para su disfrute el correspondiente regalo, será necesario que el comercial asociado de Haier valide el registro realizado por el instalador, confirmando así la validez de los datos introducidos.
- La entrega del premio Nintendo Switch queda condicionada a que el usuario, instalador, haya efectuado alguna compra de aparatos Haier Aire con anterioridad. Por lo que, la Nintendo Swich será entregado únicamente si el usuario ganador del mismo, además de ser validado por un comercial asociado de Haier, ha comprado en alguna ocasion productos Haier.
2.5 Limitación a la Participación de la Promoción por Usuario
- La Promoción queda limitada a una participación por registro, de tal forma que un mismo participante que cumpla las condiciones de la Promoción, solo tendrá derecho a un regalo.
- Si tras la comprobación por parte del comercial Haier del registro efectuado por el participante, no se cumpliesen las condiciones de participación o se detectase alguna irregularidad en los datos introducidos por este, se informará al participante vía correo electrónico de tal efecto, para su conocimiento.
2.6 Duración de la Promoción
- La presente Promoción comienza el 1 de enero del 2024 y termina el 31 de diciembre del 2024, ambos inclusive, por lo que los registros en el programa HAIER PLUS deberán darse y acreditarse en dicho intervalo de tiempo.
2.7 Premios y regalos
- Los premios y cantidades a repartir en el rasca y gana de la presente promoción son los expuestos a continuación en la siguiente tabla:
Regalo
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UD
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Tarjeta Regalo Cepsa 10€
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100
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Tarjeta Amazon 15€
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50
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El Rey Leon, 2 entradas
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10
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Nintendo Switch
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2
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150 Puntos en Haier Plus
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250
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250 Puntos en Haier Plus
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188
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350 Puntos en Haier Plus
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125
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500 Puntos en Haier Plus
|
75
|
- El derecho al premio de la campaña promocional es personal e intransferible, no siendo efectivo el cambio en metálico. El premio no puede ser sustituido por otro producto y es libre de cualquier cargo o gasto adicional, sin perjuicio de lo que se pueda acordar de forma posterior por el TITULAR DE LA PROMOCIÓN y el premiado, sin que el TITULAR DE LA PROMOCIÓN quede obligado a ningún resultado ni aceptación de la propuesta establecida por el premiado. A este respecto, el TITULAR DE LA PROMOCIÓN, solo se compromete a estudiar o valorar la propuesta del premiado de acuerdo con las circunstancias y argumentos que expongan este o que se hayan dado.
- El TITULAR DE LA PROMOCIÓN se reserva el derecho de sustituir cualquiera de los premios de la referenciados en caso de falta de disponibilidad, por otros de similares características y valor.
- El participante de cualquier campaña promocional no será resarcido si, por motivos ajenos al TITULAR DE LA PROMOCIÓN, no puede disfrutar del premio que eventualmente le corresponda.
- La imposibilidad de entrega del premio de la campaña promocional por circunstancias ajenas al TITULAR DE LA PROMOCIÓN, en el plazo que se mencione en las bases, determinará la pérdida de cualquier derecho del participante sobre el premio.
- El TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza de la pérdida, deterioro, robo o cualquier otra circunstancia que sufran los premios imputables a terceros que afecte a la campaña promocional.
- La entrega del premio Nintendo Switch queda condicionada a que el usuario, instalador, haya efectuado alguna compra de aparatos Haier Aire con anterioridad. Por lo que, el premio Nintendo Swich será entregado únicamente si el usuario ganador del mismo, además de ser validado por un comercial asociado de Haier, ha comprado en alguna ocasion productos Haier Aire.
2.8 Política de Canje
- El premio no podrá cambiarse por ningún otro artículo, ni por su valor en metálico, ni por ningún equivalente en servicios de los establecidos inicialmente.
- Los premios se entregarán una vez sea validado por el comercial HAIER el registro del participante, vía email si los premios son puntos o tarjetas digitales o bien mediante mensajería al domicilio indicado en el registro, si se trata de premios físicos.
- Para entregar el premio Nintendo Switch el usuario, instalador, debe haber realizado mínimo una compra de aparatos Haier Aire con anterioridad. Por lo que, la Nintendo Swich será entregado únicamente si el usuario ganador del mismo, además de ser validado por un comercial asociado de Haier, ha comprado en alguna ocasion productos Haier. Si el usuario no es cliente de Haier Aire, se le sumará la cantidad de 500 puntos a su wallet del programa Haier Plus.
2.9 Política de designación y validación del ganador
El TITULAR DE LA PROMOCIÓN podrá realizar las validaciones que considere oportunas para verificar que el participante cumple con la presente BASES a las que se obliga, que a título enunciativo y no limitativo serán las siguientes:
- La validación de los datos indicados por el participante en el formulario de registro.
2.10 Política de modificación y cambios
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN se reserva el derecho de modificar, suspender o ampliar en cualquier momento y sin necesidad de preaviso, los términos que figuran en las presentes BASES o incluso suspender o cancelar la Promoción en el supuesto de declaración de estado de alarma por parte del Gobierno de España o de la adopción de medidas similares por parte de cualquier organismo gubernamental que dificulten o impidan el normal desarrollo de la misma.
- Cualquier cambio efectuado en las BASES, entrará en vigor inmediatamente después de su publicación en la página web de la presente campaña promocional.
2.11 Responsabilidad
- La sociedad LA TITULAR DE LA PROMOCION no se responsabiliza del uso que haga el participante respecto del premio objeto de la presente Promoción, y no asume responsabilidad alguna por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir los participantes o terceros o por los defectos que pudiera presentar el premio.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que pueda afectar al desarrollo de esta Promoción.
- La sociedad LA TITULAR DE LA PROMOCION se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de la Promoción.
- Se exime a la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN de cualquier responsabilidad o incidencia que pueda evitar que el ganador de la Promoción disfrute del Premio una vez ha sido entregado el mismo.
- Los premios ofrecidos en la promoción podrían están sujetos a disponibilidad, con el consiguiente posible retraso en el disfrute del mismo. La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no asume responsabilidad alguna por razón de dicho retraso.
2.12 Condiciones de participación
- Con carácter general, podrá participar en una campaña promocional cualquier persona física con residencia en España y mayor de edad de acuerdo con lo establecido en Código Civil.
- No podrán participar personal de la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN, ni de otras empresas que se puedan integrar como grupo en la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN en España, ni sus familiares hasta el tercer grado directo o colateral, por consanguinidad o afinidad.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN podrá analizar, con carácter discrecional, los elementos de validación de todos los participantes, en especial de aquellos que resulten premiados.
- El participante deberá acreditar que reúne las condiciones necesarias de participación, si la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN así lo requiere y dentro del plazo que fije para ello, y que sobre él no aplican las exenciones de la promoción. En caso de no hacerlo, es posible el descarte de la participación de éste. Si el participante no acredita de forma suficiente que concurren las condiciones necesarias y el premio ha sido entregado ya, la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN podrá exigir su devolución.
- El participante, por el mero hecho de participar, acepta las Bases de la promoción sin reserva de ningún tipo.
2.13. Limitación en la participación
- Además de lo determinado en la cláusula 2.12, habrá de aplicarse la siguiente limitación en la participación a la Promoción por los empleados del TITULAR DE LA PROMOCIÓN y los empleados y familiares (primer grado de consanguinidad) del proveedor encargado de la presente promoción.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCION se reserva el derecho a prohibir la participación en la promoción o de eliminar de la promoción a aquellos ganadores que no cumplan con lo dispuesto en las presentes BASES.
2.14. Medios de participación no permitidos
- No se atenderá los registros de participación que no reúnan las condiciones necesarias para la participación determinada en las presentes BASES, así como aquellos que violen cualquier disposición de dichas BASES o cualquier disposición de la legislación vigente aplicable en el estado español.
- No se considerarán validos los registros de los participantes que:
a) Recurran a estrategias y mecanismos inapropiados para ganar, en particular, a los participantes que recurran a mecanismos de manipulación o supresión de datos a través de programas informáticos ilícitos y que sean susceptibles de alterar cualquier resultado para favorecerlos respecto a los demás participantes.
b) Sean sospechosos de utilizar programas informáticos, o cualquier otro artificio técnico (hacking o cheating), permitiendo participaciones automáticas o de otro tipo para aumentar sus posibilidades de ganar.
c) Aquellos registros de participantes que hayan participado en la presente promoción y hayan obtenido un premio.
3. Los fundamentos enumerados anteriormente, son a título meramente ilustrativo. Cualquier otro tipo de participación fraudulenta que viole la legislación aplicable, hará que la participación no sea tenida en cuenta (en el caso que el participante resulte ganador).
2.15 Exención de Responsabilidades
- De acuerdo con el tiempo máximo permitido por la legislación vigente aplicable se podrá libremente y en todo momento, cancelar o anular cualquier campaña promocional, sin que ello implique ninguna obligación de indemnización o de compensación, por cualquier forma que sea, a cualquier participante por parte de la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN.
- Todos los contenidos ofrecidos por los participantes en el marco de las campañas promocionales serán de exclusiva responsabilidad de los mismos, por lo que en ningún caso podrá LA TITULAR DE LA PROMOCIÓN ser responsable de dichos contenidos, así como por cualquier daño que los mismos causen, en particular, a la imagen, la reputación y / o al buen nombre de terceros.
- De igual modo, es responsabilidad exclusiva de los participantes tener, instalar y actualizar el software pertinente para prevenir cualquier tipo de daño, no siendo la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN responsable de los daños directos o indirectos derivados de la participación en las campañas promocionales.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza por la utilización, en el marco de cualquier campaña promocional, de cualquier contenido eventualmente protegido, en particular, por derechos de autor, siendo la utilización de estos contenidos de responsabilidad exclusiva de los participantes.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no será responsable de la imposibilidad de participar en cualquier campaña promocional debido a fallos, errores en la red, o mal funcionamiento del sitio web o app, ni se responsabiliza por cualquier registro mal efectuado, atrasado o no entregado en el periodo de tiempo correspondiente.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza de los defectos o faltas de conformidad de los productos en que consistan los premios en cuanto que no sean fabricados o distribuidos por la misma. En la medida en que se traten productos no fabricados o distribuidos por la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN, la garantía de dicho producto se regirá según lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza de ningún acto ilícito cometido por el participante en el marco de la campaña promocional. El participante se obliga a mantener indemne a LA TITULAR DE LA PROMOCIÓN frente a cualquier reclamación de terceros por dichas infracciones.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza de las obligaciones tributarias que correspondan al participante en función de la cuantía del premio o regalo obtenido por este en la promoción.
2.16. Datos personales
- De conformidad con lo dispuesto por la normativa de protección de datos, se comunica a los participantes que los datos facilitados a través de la campaña promocional, se materialice ésta en forma de promoción, sorteo, concurso o cualquier otra modalidad, serán tratados por la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN, como responsable de tratamiento, con la finalidad de gestionar dicha promoción y de conformidad con lo expuesto en las presentes bases.
- La base jurídica que legitima este tratamiento es la necesidad para la ejecución de lo dispuesto en las presentes bases (que tendrá consideración a los efectos de contrato).
- En caso de que la promoción conlleve, conforme a sus bases, la entrega de un premio, sus datos de contacto podrán ser comunicados al tercero para que se encarguen de dicha entrega. Salvo obligaciones legales, sus datos no se comunicarán a ningún otro tercero para su tratamiento. Podrán acceder a sus datos personales los prestadores de servicios de la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN asociados a la presente Promoción, para dar alcance a la misma con carácter general, y de forma particular para realizar la gestión de la obtención de los premiados y atención de los mismos.
- Los datos de los participantes serán tratados durante el plazo que dure la mencionada campaña promocional, quedando los mismo bloqueados por un periodo de 6 meses, ante una reclamación presentada por un participante u organismo público competente.
- El participante podrá en cualquier momento ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación, solicitar la limitación del tratamiento, la portabilidad de los datos y el olvido de los mismos en el siguiente correo electrónico info@haier-aire.services. o mediante el envío de una petición acompañada de su D.N.I. o documento válido en derecho que acredite su identidad, dirigida a HAIER IBERIA SLU., C Metal·lurgia, 55 08908 L’hospitalet de Llobregat, Barcelona, España, a la atención del Departamento de Información Comercial, especificando el derecho que desean ejercer.
2.17. Fiscalidad de los premios
- Los premios que sean entregados en la promoción, les será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y demás disposiciones concordantes, por lo que, en su caso de que así lo exija la normativa vigente, corresponderá a la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, “I.R.P.F.”), o en su caso la fiscalidad que al efecto corresponda a la posible persona jurídica al que le sea entregado un premio en el marco de la presente campaña promocional.
- En ese sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 101.7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el artículo 75.3.f) del Reglamento de desarrollo de esa Ley, la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN deberá practicar la oportuna retención o ingreso a cuenta respecto a cualquier premio relativo a las campañas promocionales cuyo valor supere los 300 €, o aquellos valores que en cada momento sean legalmente exigibles.
- Los premios que se concedan en la presente promoción tendrán la consideración de ganancias patrimoniales no generadas por la transmisión de elementos patrimoniales, por lo que deberán ser tenidos en cuenta a la hora de realizar la declaración de IRPF y serán objeto de tributación a escala en la base imponible general, según la tributación definitiva del premio del valor del mismo, así como de la cuantía de las otras rentas que obtienes el participante premiado.
- En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN practicará la correspondiente retención o ingreso a cuenta sobre el premio entregado, y en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
- Con la aceptación del premio, el participante de cualquiera de las campañas promocionales que haya resultado ganador habilitará a la sociedad TITUTAR DE LA PROMOCIÓN para practicar, en nombre del premiado, la oportuna retención o ingreso a cuenta correspondiente al 21% del valor de cada uno de los premios, o aquel porcentaje que en cada momento sea legalmente exigible.
- El no disfrute del premio por parte del participante ganador no le eximirá de computar el valor del mismo como ganancias patrimoniales no generadas por la transmisión de elementos patrimoniales a efectos de su declaración de IRPF.
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no será en ningún caso responsable de la incorrecta declaración fiscal que al efecto pueda hacer el ganador del premio.
2.18. Propiedad intelectual
- El participante garantiza que es el único titular de los derechos de autor de todos los contenidos que vaya a poner a disposición en el marco de su participación y se responsabiliza ante la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN por este hecho y puede ser excluido si esta sospecha que dichos contenidos no son autoría o propiedad del participante.
- El participante autoriza explícitamente a la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN a utilizar libremente todos los contenidos que se pongan a su disposición en el marco de su participación. En particular, autoriza a la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN a reproducir y / o exhibir cualquier vídeo, imagen y / o frases de la autoría del participante en cualquier comunicación, actividades publicitarias y / o promocionales, destinadas a divulgar las iniciativas organizadas por la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN o por cualquiera de sus sociedades asociadas, sin que pueda exigir a Haier ninguna remuneración, contrapartida o compensación.
- El participante reconoce y acepta que su participación es voluntaria, cediendo expresa e irrevocablemente a la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN los derechos sobre los contenidos enviados en el marco de la campaña promocional, teniendo tal licencia carácter perpetuo y gratuito y pudiendo la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN ceder estos derechos gratuitamente a otros terceros ¹con los que tenga participación o acuerdos de colaboración y dicho contenido tenga un interés objetivo para la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN.
¹ El tratamiento y divulgación de los contenidos estará circunscrito a un contexto y ámbito similar al presente, en cualquier caso, la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN realizará un análisis previo a dicho uso con el objeto de que dichas publicaciones o promociones, que tenga impacto en el tratamiento de datos personales, no vulneren la privacidad, el honor e intimidad de las personas.
Para dar alcance a la política de trasparencia e información, no estamos refiriendo a que el contenido (un video, un “post” de publicado por el usuario, escrito, foto o similar) pueda ser utilizado en campaña de similares características con la finalidad de acercar el ámbito y alcance de la nueva promoción a los nuevos usuarios.
4. La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN no se responsabiliza de ninguna violación de los derechos de autor y otros actos ilícitos cometidos por el participante en el marco de la campaña promocional. El participante se obliga a mantener indemne a esta frente a cualquier reclamación de terceros por dichas infracciones.
2.19. Alteraciones de las Bases
- La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN se reserva el derecho de modificar, en cualquier momento y sin necesidad de preaviso, los términos que figuran en las BASES.
- Cualquier cambio efectuado por la sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN en las BASES entrará en vigor inmediatamente después de su publicación en la página web de la respectiva campaña promocional.
2.20 Resolución de Conflictos, Foro y Legislación aplicable
- Las BASES están sujetas a la Ley legislación y jurisdicción española.
- Se establece un email, de atención al cliente sujeto a la promoción, para atender cualquier solicitud o requerimiento que el participante considere de interés, así como ante cualquier solicitud de ejercicios y derechos asociados a su condición de usuario final y participante de la promoción URL: https://www.haierplus.es/Contacto.
- Para la resolución de cualquier litigio emergente de la ejecución, no ejecución, incumplimiento, interpretación o integración de las BASES o resultado de la ejecución de la campaña promocional, que no se resuelva por mutuo acuerdo, serán competentes los tribunales de la ciudad de Madrid, con renuncia expresas de cualquier otro foro, siempre que no contravenga el actual marco español y no se vulnere derechos del participante.
21. Garantías y Trasparencia
- Con objeto de dar la mayor garantía y seguridad a los participantes en el proceso de obtención de los premiados, La sociedad TITULAR DE LA PROMOCIÓN ha delegado la realización y gestión de la presente promoción con un proveedor externo designado para tal efecto, especializado en la gestión de promociones y concursos, denominado “Grupo Leben Servicios de Marketing”, CIF B – 82110958, que cuenta con (i) una Certificación ISO 27001:2013 en seguridad de la información y con número de registro 340863.
- Los procesos físicos³ y lógicos⁴, asociados a la presente promoción, contaran con las medidas organizativas, técnicas y auditoria³ suficientes para acreditar los mismos ante terceros que estando legalmente legitimados, soliciten dicha acreditación.
³ Los procesos físicos serán objeto de grabación, quedando bloqueados y a disposición de cualquier tercero, previa solicitud realizada con una base de legitimación suficiente o a través de un organismo administrativo o judicial competente.
⁴ Los procesos lógicos/informáticos serán realizados, registrados a través del aplicativo referenciado “Leben Luck” en servidores propios, quedando bloqueado por un periodo de 6 meses.